Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura #26jun

La tortura destruye la personalidad de la víctima y desprecia la dignidad intrínseca de todo ser humano.

A pesar de la prohibición absoluta de la tortura según el derecho internacional, ésta persiste en todas las regiones del mundo.

Las Naciones Unidas han condenado desde sus comienzos su práctica, por ser uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes.

El artículo 1 de la “Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes” define la tortura como “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.”

La tortura está absolutamente prohibida en todos los instrumentos internacionales y no puede justificarse en ninguna circunstancia. En tal sentido, al ser parte del derecho internacional consuetudinario, es vinculante para todos los miembros de la comunidad internacional, aun si un Estado no ha ratificado los tratados internacionales en los que se prohíbe explícitamente. Su práctica sistemática y generalizada constituye un crimen contra la humanidad.

 

 

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